En California, la compensación o el pago de horas extra no es un privilegio. Es un derecho,en determinadas situaciones tanto en virtud de la ley federal como de la ley de California. La ley especifica la compensación por horas extra a la que tienen derecho los trabajadores:
- Por cualquier hora trabajada que supere las 40 horas semanales, 1.5 veces la tarifa regular
- Por cualquier hora trabajada que supere las ocho horas diarias, 1.5 veces la tarifa regular
- Cuando trabaje más de 12 horas en un día, 2 veces (el doble) la tarifa regular
Nuestros abogados experimentados y especializados en horas extras de Encino en el bufete Kingsley Szamet & Ly han ayudado a muchas personas en Los Ángeles, San Francisco, Sacramento y San Diego a recuperar salarios por horas extras. ¿Cree que se le ha negado injustamente el pago de horas extra? De ser así, consulte con un abogado en nuestro bufete que se especialice en el pago de horas extra para trabajadores. Es muy probable que podamos ayudarlo a recuperar los sueldos que ganó.
Horas Extra y Contratistas Independientes
Los contratistas independientes no tienen derecho a horas extra. Sin embargo, para evitar pagar compensación por horas extra, algunas empresas clasifican de forma incorrecta a los empleados como contratistas independientes, aunque en virtud de la ley, es posible que realmente sean empleados. Afortunadamente, dado que la ley de California presume que un trabajador es un empleado, el empleador debe proporcionar pruebas de que el trabajador es un contratista independiente.
Un abogado de Kingsley Szamet & Ly con experiencia y que se especializa en horas extra puede ayudarlo a determinar si su empleador lo ha clasificado de manera incorrecta como un contratista independiente para evitar pagarle compensación por horas extra.
Compensación por Horas Extra y Exenciones
Es posible que determinados tipos de empleados no califiquen para el pago de horas extra. El ejemplo más común es la exención para empleados de oficina, que implica que cualquier empleado administrativo, ejecutivo o profesional que cobra más de $640 por semana de salario no califica para el pago de horas extra.
Otros tipos de profesionales que no califican para el pago de horas extra son los siguientes:
- Ejecutivos que pasan más del 50% del tiempo supervisando a dos o más empleados y que tienen la autoridad de contratar y despedir y de influir en los ascensos.
- Empleados administrativos que realizan trabajo de oficina o trabajo no manual directamente relacionado con la administración o las operaciones comerciales generales de la compañía y que a menudo toman decisiones y actúan con criterio bajo supervisión general.
- Profesionales cuyo trabajo requiere educación y conocimiento avanzado, y, a menudo, una licencia o certificación emitida por el estado.
- Empleados que trabajan con equipos o computadoras de alta tecnología.
- Determinados empleados de ventas.
Si vive en Los Ángeles, San Francisco, Sacramento o San Diego, un abogado especializado en horas extra puede ayudarlo a determinar si su trabajo lo exime del cobro de horas extra o si tiene derecho a recibirlo.
Comuníquese con nosotros para consultar por su reclamo de compensación de horas extra.
Si cree que tiene derecho al overtime y no lo ha recibido, o si cree que su empleador le ha negado el pago de horas extra en base a una exención o una clasificación incorrecta, comuníquese con Kingsley Szamet & Ly y consulte a un abogado de Encino con experiencia y especializado en horas extra.